¿Necesito permiso del Ayuntamiento para cambiar la bañera por un plato de ducha?
Depende de la obra. Según la sede electrónica del Ayuntamiento, van por comunicación previa los trabajos dentro de la vivienda que no tocan la distribución ni la estructura, si el edificio no está catalogado. Su lista incluye la sustitución de aparatos sanitarios y de muebles de baño, y la de tuberías. La tasa es de 19,98 € y el impuesto de obras (ICIO), el 4 % del coste de ejecución. Si se tira un tabique o se construye uno nuevo, hace falta licencia de obras menores con proyecto técnico, con una tasa de 159,64 € y el mismo ICIO. Para saber qué trámite te toca, la ficha de la comunicación previa enlaza un cuestionario guiado, el «Qüestionari d'obres».
¿Cuánto cuesta cambiar la bañera por un plato de ducha?
Cambia mucho de un baño a otro, según lo que haya que hacer y los materiales que elijas. Para comparar presupuestos, mira que incluyan los mismos trabajos y que desglosen los gastos, con el importe de los materiales (Codi de consum, art. 251-3.3 c). El precio tiene que llevar los impuestos incluidos (art. 251-3.1) y la factura no puede ser más alta que el presupuesto (art. 251-4.1). Si el plato o la mampara los compras tú, que conste en el presupuesto. Y aparte de la obra, cuenta con la tasa y el ICIO del Ayuntamiento.
¿Se puede cambiar la bañera por un plato de ducha sin obra?
Casi siempre hace falta algo de obra, aunque a veces es poca. Al quitar la bañera suele quedar a la vista una franja de pared y de suelo sin azulejo. La pared se cubre con azulejo nuevo o con paneles, y el suelo, con un plato que ocupe todo el hueco. El trabajo es corto cuando el desagüe sirve tal como está. Si no tiene caída suficiente para un plato extraplano, hay que rebajarlo abriendo el suelo o subir el plato. Quien vea el baño te dirá cuál es tu caso, y lo que haya que hacer tiene que constar en el presupuesto (Codi de consum, art. 251-3.3 b).
¿Cuántos días dura la obra?
Cambiar solo la bañera lleva menos días que rehacer todo el baño. El presupuesto tiene que indicar la fecha prevista para empezar y la duración del trabajo (Codi de consum, art. 251-3.3 e). Pregunta también cuántos días te quedarás sin ducha o sin váter, y pide que te avisen si algún día no se va a trabajar en tu casa.
¿Aprovecho la reforma para cambiar las tuberías?
Es buen momento si tienen muchos años, porque la pared ya va a estar abierta y más adelante habría que volver a picar. Las tuberías con plomo ya no se pueden instalar (Real Decreto 3/2023, art. 45), y la misma norma dice: «En todo caso, se realizará la sustitución de dichos elementos en cualquier instalación existente en caso de obras de reparación o reconstrucción» (disposición adicional duodécima). Y si no sabes de qué son las tuyas, que te lo digan cuando vean el baño.
¿Tengo que pagar una parte por adelantado?
Es algo que acuerdas con quien hace la obra. Si pagas por partes, en cada pago te tienen que dar un recibo con lo que pagas ese día, lo que llevas pagado y lo que te queda por pagar (Codi de consum, art. 251-3.8). Al terminar te corresponde la factura, con cada concepto y su importe, los impuestos y el tiempo de garantía, si procede (arts. 251-3.7 y 251-3.9).